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Atención quiropráctica en California: Mapa de cobertura completa para pacientes

Los residentes de California tienen acceso a la atención quiropráctica a través de una combinación de leyes estatales, programas federales y regulaciones de seguros privados. Esta guía explica la cobertura en lenguaje sencillo para Medi-Cal (Medicaid), Medicare, planes individuales y de empleadores, y reglas especiales exclusivas

del estado.


Sección 1: Medi-Cal (California Medicaid)

California es uno de los estados que cubre la atención quiropráctica bajo su programa Medicaid, conocido como Medi-Cal.

Adultos:

La atención quiropráctica se incluye como un beneficio cubierto de Medi-Cal.
  • El servicio debe ser médicamente necesario.
  • La manipulación espinal manual es el principal servicio cubierto.

Niños menores de 21 años:

  • Cubierto a través del programa de Cribado, Diagnóstico y Tratamiento Temprano y Periódico (EPSDT).
  • No hay límite de visitas establecido siempre y cuando la atención sea médicamente necesaria.

Límites:

  • Medi-Cal generalmente permite hasta dos visitas quiroprácticas por mes para adultos, con más aprobadas si hay necesidad médica documentada.
  • EPSDT no tiene límite fijo para niños.

Requisitos:

  • El quiropráctico debe ser un proveedor de Medi-Cal.
  • Se debe documentar un plan de tratamiento y un diagnóstico.
  • A veces se necesita autorización previa para la atención extendida.

No cubierto:

  • Masaje terapéutico.
  • Solo mantenimiento o atención de bienestar sin diagnóstico médico.

Sección 2: Medicare

Las reglas federales de Medicare se aplican en California:

Se cubre la manipulación espinal manual para corregir la subluxación vertebral.
  • No hay cobertura para radiografías ordenadas por el quiropráctico, terapia de masaje, o ajustes de mantenimiento.
  • Los pacientes pagan 20 por ciento de coseguro después del deducible de la Parte B.
  • Los quiroprácticos deben documentar la subluxación y necesidad médica.

Sección 3: Seguros Privados y Reglamentos Estatales

California tiene algunos de los mandatos más fuertes a nivel estatal para la cobertura quiropráctica.

Ofrenda Obligatoria:

La
  • ley estatal requiere que la mayoría de los planes de salud regulados por el
  • Departamento de Atención Médica Administrada de California cubran la atención quiropráctica como parte del tratamiento musculoesquelético.

Estructura típica del plan:

  • Las visitas quiroprácticas están cubiertas según sea médicamente necesario.
  • La cobertura generalmente incluye manipulación espinal y evaluación relacionada.

Límites de visita:

  • Muchos planes cubren de 12 a 24 visitas por año.
  • Las visitas adicionales requieren documentación de avance y en ocasiones autorización previa.

Requisitos:

  • La mayoría de las HMO requieren una derivación de un médico de atención primaria.
  • Los PPO permiten la autorremisión, pero se recomienda a los proveedores dentro de la red que eviten los altos costos de bolsillo.

Sección 4: Reglas de acceso y red

Planes HMO:

  • Debe utilizar un quiropráctico dentro de la red. Por lo
  • general, se requiere una derivación de su médico de atención primaria.
    Las visitas fuera de la red no están cubiertas a menos que se aprueben previamente.

Planes PPO:

  • Puede elegir cualquier quiropráctico, pero la atención dentro de la red tiene costos más bajos.
  • Los proveedores fuera de la red están cubiertos con un nivel de reembolso reducido y es posible que se aplique la facturación del saldo.

Medicare:

  • Cualquier quiropráctico que acepte la asignación de Medicare puede tratarlo.
  • Sin asignación, puede pagar por adelantado y enviar un reembolso.

Medi-Cal:

  • Solo se paga a los quiroprácticos aprobados por Medi-Cal. Los
  • quiroprácticos fuera de la red o no inscritos no reciben reembolso.

Sección 5: Qué deben hacer los pacientes en California

Para Medi-Cal:

  • Encuentre un quiropráctico que esté inscrito como proveedor de Medi-Cal.
  • Obtener un diagnóstico y plan de tratamiento documentado.
  • Si es un niño menor de 21 años, use EPSDT para ampliar la cobertura.

Para Medicare:

  • Elija un quiropráctico que acepte la asignación de Medicare.
  • Asegurar la documentación de la subluxación vertebral.

Para el seguro privado:

  • Consulte el folleto de su plan para conocer los beneficios quiroprácticos y los límites de visitas.
  • Utilice un quiropráctico dentro de la red.
  • Obtenga referencias o autorizaciones previas si así lo requiere su tipo de plan.

Para los miembros de la PPO:

  • Pese la diferencia de costos entre los proveedores dentro de la red y fuera de la red.
  • Pregunte al proveedor sobre la posible facturación de saldo.

Sección 6: Puntos clave para los residentes de California

  • Medi-Cal cubre la atención quiropráctica tanto para adultos como para niños cuando sea médicamente necesario.
  • Medicare cubre solo la manipulación espinal manual para la subluxación.
  • La ley estatal requiere que la mayoría de los planes de salud privados incluyan beneficios quiroprácticos.
  • Los límites de visitas son comunes, pero se pueden superar con la documentación adecuada.
  • El uso de quiroprácticos dentro de la red es la forma más segura de asegurar el pago tanto bajo Medi-Cal como con seguros privados.

Medical Disclaimer: This article is for informational purposes only and does not constitute medical advice, diagnosis, or treatment. Always consult a qualified healthcare provider for personalized medical guidance. If you are experiencing a medical emergency, call 911 or your local emergency number immediately.

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